Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 17 de febrero de 2023 por el abogado Manuel Mezzoni Ruiz, actuando en carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana ELOISA DE LAS MERCEDES GONZÁLEZ ACUÑA, contra el auto de fecha 13 de febrero de 2022, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD, incoaran los ciudadanos SANDRA ISABEL UGUETO DE MÉNDEZ, JUDITH .....