"...este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, declara: PRIMERO CON LUGAR la querella interdictal de restitución por despojo intentada por la ENTIDAD FEDERAL CARABOBO, contra los ciudadanos ELIDA VARGAS, DANNY SEIJAS y JOSE FLORES, todos identificados supra. SEGUNDO En consecuencia, se restituye en la posesión a la querellante, del lote de terreno igualmente identificado anteriormente.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte querellada..."