Este Tribunal Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256, ordinal 3º, que es presentación cada 30 días ante la Unidad Receptora de Documentos Penales. A favor del ciudadano JOSE LUIS ALVAREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nª 7.389.468 , de 39 años, de estado civil soltero, de profesión chofer residenciado en el Cercado Lomas Verdes, Final 05 casa s/n la escuela , de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara, y en cuanto al ciudadano JESUS ANTONIO AVENDAÑO, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad Nº 7.404.987, de 34 años de edad , de ocupación Gestor, residenciado en la Colinas de Santa Rosa, calle 01, Carrera 02 Sector Lagunillas casa Nº 01-38, cerca del Colegio Andrés Bello, de esta ciudad de Barquisimeto Estado Lara, la prevista en el articulo 256 ordinal 8vo en concordancia con lo.....