En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano JESÚS EDUARDO SUAREZ CARRILLO, ampliamente identificado en autos; y de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal Mixto de juicio Nº 01, lo CONDENA a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en los artículos 415 del Código Penal, además del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 ejusdem, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, Se mantiene la medida de privación. Y se deja expresa constancia que las partes renunciaron al lapso .....