Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido por el abogado Manuel Assad Brito, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MIGUEL ÁNGEL CASTRO, contra la decisión dictada en fecha 7 de julio de 2003, por el Juzgado Superior Primero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró sin lugar la querella incoada contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DEL POPDER POPULAR PARA LA SALUD. 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 3.- FIRME la sentencia apelada.