Por la motivación precedente, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circusncripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado LEONARDO HERNANDEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadanos VALERIO DE LEON ARIAS y DIGNA MARIA RODRIGUEZ, contra el Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido declarada SIN LUGAR la recusación, se impone al abogado LEONARDO HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 76.948, una multa de Dos Mil Bolívares con 00/100 cts. (Bs. 2.000,00) ó su equivalente en bolívares fuertes Dos Bolívares con 00/100cts. (Bs.F. 2,00). En.....