Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta, admitió la misma y ordenó notif. a la FGR, PGR, Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia (PROCOMPETENCIA) y al MPPP Comercio. Asimismo ordenó solicitar a PROCOMPETENCIA se sirva remitir los AA relacionados con la causa y finalmente ordenó remitir el exp. a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.