En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el Oficio N° 00-88-2015, de fecha 27 de febrero 2015, emanado de la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Miranda (GERESAT- MIRANDA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), por la entidad de trabajo, POLIGRAFICA INDUSTRIAL, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha, 14 de enero de 1953, bajo el N° 33, tomo 3-C. Entendiéndose que el acto impugnado mantiene toda su fuerza y vigor. No hay imposición en costas dada.....