La Corte declara Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Abogado Stalin Rodríguez, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARTHA MÉNDEZ, contra la sentencia dictada en fecha 3 de junio de 2010, por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la referida ciudadana contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por Órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. CONFIRMA CON LA REFORMA indicada en el texto del presente fallo, la sentencia proferida por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.