Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de julio de 2011 (F.52), por la abogada Natty L. Goncalves Pereira, co-apoderada de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 08 del referido mes y año, por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES la referida decisión, que cursa a los folios que van desde el 46 al 50, del presente Cuaderno de Medidas.
SEGUNDO: Dada la confirmatoria que antecede, se imponen las costas a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
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