Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana MARY KLEMY GARCIA LARA, titular de la cédula de identidad N° V-6.013.792, y en consecuencia decide:
ÚNICO: En el acta de Matrimonio correspondiente a la ciudadana MARY LARA DE PIÑERO, levantada ante el Juzgado de la Parroquia El Valle, hoy en día Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según acta N° 111 del año de 1969, donde dice "MERY ROCIO LARA PEDRAZA" deberá decir "MARY LARA PEDRAZA". Asimismo se deberá colocar la fecha de su nacimiento correcta, como consecuencia, donde dice "26 de agosto de 1941" deberá aparecer "15 de agosto de 1937". Así se decide.