Seguidamente el Tribunal, declara cumplida su misión en cuanto ala medida de secuestro, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa
onstancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 10:40 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.