DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, oídas las exposiciones de las Partes y de sus Alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte de los Acusado y la no Oposición de la Representación Fiscal, este Tribunal de Control No. 07, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, a favor del acusado: JUAN AYMAR MORALES BARRIOS, Titular de la Cedula de Identidad Nº 22.272.682, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 08-10-1992, Soltero, Grado de Instrucción 5to Año, Oficio Estudiante, residenciado en Urbanización Luís Beltrán Pietro Figueroa, Calle 2 y avenida 2 Casa Nº 66 Barquisimeto Estado Lara. Teléfono: 0426-1595924., revisado en el sistema juris no presenta otras causas, por el delito de POSESION ILICITA DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la L.....