Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 28, 60, 850 y 856 del Código de Procedimiento Civil, y con fundamento en el artículo 28 ordinal 2º de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, para que sustancie la presente solicitud de exequátur, presentada por la abogada Geidy del Valle Guerra Almea, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana RITA FABIOLA VILLARROEL GÓMEZ, en el cual solicita que se declare el pase en autoridad de cosa juzgada de la sentencia de divorcio Nro. 00293/2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nro. 24 de la ciudad de Madrid del Reino de España, en fecha 13 de mayo de 2011, que decretó la disolución por causa de d.....