DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena a la joven IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificada, a cumplir la siguiente sanción:
Imposición de Reglas de Conducta: por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones
1.- Residir en la dirección registrada en este Asunto, y cualquier cambio deberá manifestarlo al tribunal competente.
2.- Incorporarse al estudio de educación básica en la Misión Robinson
3.- Someterse a evaluación por consumo de drogas ante la CORECUID-LARA y recibir el tratamiento requerido orientado por ese organismo.
4. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas, y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Ni.....