esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos HORACIO MORALES LEON, IDALMIS CELESTE MÉNDEZ MORENO y BARBARA RODRÍGUEZ SALAZAR Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 93.320, 113.578 Y 117.240, actuando con el carácter de defensores del ciudadano CARLOS MIGUEL ÁLVAREZ OJEDA; en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de noviembre de 2009, mediante la cual acordó en contra del referido ciudadano Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1,2 y 3, 251 numerales 2, 3 y 4 y parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los .....