Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha trece (13) de Octubre de dos mil nueve (2009), por el ciudadano FREDDY JOSE PAREDES DUGARTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.007, procediendo con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora Sociedad Mercantil PROALISTAR VENEZOLANA, C.A., en contra del auto de fecha nueve (9) de Octubre de dos mil nueve (2009) pronunciado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a través del cual se determinaron las cantidades que quedaban a favor de cada una de las partes intervinientes en virtu.....