En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a los ciudadanos HEMBHER OTONIEL VARGAS ESCALONA titular de la cedula de identidad Nº 14.159.749, y VICTOR HUGO ALSAQUE RODRIGUEZ titular de la cedula de identidad Nº 15.425.16 por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, delito previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se incautaron y hayan sido dejados a disposición de este despacho judicial. Líbrese Ofici.....