DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GONZALO UTRERA, antes identificado, apoderado de los ciudadanos CARMEN MARÍA REYES DE UTRERA, ROGER ENRIQUE UTRERA REYES, WILLIAM LIZANDRO UTRERA REYES, CARLOS ALBERTO UTRERA REYES, CARMEN SUSANA UTRERA DE GONZÁLEZ, LUÍS EDUARDO UTRERA REYES y BLADIMIR JOSÉ UTRERA REYES, todos identificados en el encabezado del presente fallo, asistido por la Abogada DAFNE IBARRA CAMACHO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 232.918, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.