Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Sentencia signado con el N° KP01-R-2016-0000303, interpuesto por la Abogada Fanny Camacaro, en su condición de Defensora Pública N° 17, actuando en defensa del ciudadano Luiker Alberto Trompiz Alvarado y el Recurso de Apelación de Sentencia signado con el N° KP01-R-2017-000048, interpuesto por el Abogado Asdrúbal Agustín Sánchez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Casto Ramón Blandin Trompiz, ambos contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 3 de éste Circuito Judicial Penal, de fecha 17/12/2015 y fundamentada en fecha 11/04/2016, mediante el cual CONDENÓ a sus defendidos, por la comisión del delito de COMPLICES DEL DELITO DE SECUESTRO BREVE, previsto y sancionado en el a.....