Este Tribunal se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer y decidir la solicitud interpuesta por la ciudadana VILMA JOSEFINA CAFFRONI GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-7.122.036, debidamente asistida por el abogado Wilkinson Villafañe, inscrito en el Instituto de Previsión del Social del Abogado bajo el Nro. 146.593, con motivo de Irregularidades Administrativas, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil y en razón de esto se declina la competencia a uno de los Tribunales de Municipio y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, categoría "C". En consecuencia remítase al Tribunal (Distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el presente expediente junto con oficio.No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.