PRIMERO: INCOMPETENTE en razón del territorio para tramitar de la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano Elio Segundo Urdaneta, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.425.615, debidamente asistido por la profesional del derecho Alismary Cuevas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 284.267.
SEGUNDO: SE DECLINA la presente solicitud al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a fin de que conozcan de la presente causa.