De acuerdo con los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, y visto que la pretensión de la parte accionante puede ser satisfecha conforme a una acción diferente, sobre la base de lo previsto en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 341 eiusdem, se declara inadmisible la presente demanda incoada por el ciudadano Javier Andrés Guzmán Guevara contra la ciudadana Ana Mercedes Flores Herrera