Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano JAIRO JOSÉ IDROGO, suficientemente identificado en autos, asistido por el abogado ANTULIO MOYA LA ROSA, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del Consejo Nacional Electoral, y en consecuencia:
1-. SE ANULA: El acto administrativo contenido en la Resolución S/N, de fecha tres (03) de octubre del año 2005, suscrita por el ciudadano Presidente del Consejo Nacional Electoral.
2-. SE ORDENA: La reincorporación del ciudadano JAIRO JOSÉ IDROGO, titular de la cédula de identidad número 8.937.433, al cargo de Director de Inspección de la Fiscalía General de Cedulación, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde el momento en que acto administrativo impugnado adquirió ef.....