este Juzgado una vez revisado el escrito de transacción observa que el mismo cumple con los requisitos establecidos en el parágrafo único del artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto en el mismo no se vulneran derechos irrenunciables del Trabajador, se imparte su respectiva homologación en todas y cada una de sus partes, dándole efecto de cosa Juzgada, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, asimismo se ordena expedir al solicitante copias certificadas de la transacción y del presente auto una vez que las consigne en fotostáticas, es todo. empresa INVERSIONES R.6 99, C.A., Oferta Real de Pago, a favor del ciudadano HEBERT PALENCIA,