En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogado Carmen Luisa Durán, en su condición de apoderada judicial de la parte actora contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 29/03/2006.
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado Aldanis Matos, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 29/03/2006.
TERCERO: Se ordena a la sociedad mercantil Industrias La Preferida C.A, que pague al ciudadano GIOR.....