Este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a los ciudadanos DEIVIS ENRIQUE PERAZA ESCORCHA, LUIS GERARDO TRAVIEZO BURGOS y EMIRO ANTONIO CASTILLO CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números21.727.323, 23.486.589 y 20.925.999, por la presunta comisión deL delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277del Código Penal en perjuicio del Estado Venezolano.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se incautaron y hayan sido dejados a disposición de este despacho judicial. Líbrese Oficio remitiendo la presen.....