DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega por improcedente el decreto de revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada en contra del acusado David Corsino Suárez Méndez, ut supra identificado, por la presunta comisión por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Objetos Provenientes del delito, tipificados en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 277 y 470 del Código Penal en su orden. Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase.
CARMEN TERESA BOLIVAR PORTILLA.
JUEZ II DE JUICIO,
LA SECRETARIA,
Carmenteresa.-/