En el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de junio de 2009, por la ciudadana Fabiola di Natale Díaz contra el auto dictado en fecha 11 de junio de 2009 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental que ordenó reponer la causa al estado de decidir sobre la impugnación realizada por la Alcaldía del Municipio Araure del Estado Portuguesa de la experticia complementaria del 16 de abril de 2008 en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la prenombrada Alcaldía, esta Corte dictó auto mediante el cual declaró: ORDENA nuevamente al mencionado Juzgado Superior, remita a esta Corte, dentro de un lapso no mayor a diez (10) días de despacho, copia certificada de la totalidad del expediente contentivo de la presente causa y certificación de cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 20 de abril de 2007, hasta el 13 de mayo de 2009.