En este estado, el Tribunal vista la transacción anterior, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN la TRANSACCIÓN y la tiene como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez. (Fdo.) Dra. ZOLANDA ACEVEDO DE GARCIA. Aparece un sello un húmedo del Tribunal. La Secretaria. (fdo) YALIKSE GARCIA DE MORENO. En la misma fecha se dictó la anterior decisión, se publicó la misma a las 11:00 de la mañana y se archivó la copia respectiva. La presente copia es traslado fiel y exacto de su original, de cuya exactitud doy fe, certifico y expido por orden de la ciudadana Juez. En Valencia, a los Diez (10) días del mes de Octubre de dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 146° de la Federación.