Este Tribunal con vista a los recaudos presentados por la parte querellante, le solicitó ampliar las pruebas aportadas, por cuanto consideraba que las mismas no eran suficientes para demostrar los hechos perturbatorios alegados (justificativo de testigos); observando este Juzgado, que hasta la presente fecha, la parte querellante no realizó ningún acto ni cumplió con lo solicitado por auto de fecha 23.01.2006, razón por la cual este Juzgado en conformidad con lo dispuesto con el 341 del Código de Procedimiento Civil, declara inadmisible la presente Querella Interdictal interpuesta