D E C I S I Ó N
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ZULENNYS HERNANDEZ, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra del auto dictado en fecha 4 de marzo de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, que negó la solicitud de medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentado por la ciudadana LÓPEZ FERREIRA CLAUDIA en contra de la ciudadana ALICIA DEL CARMEN OLLARVE DE SÁNCHEZ, todos identificados en autos.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrense boletas y entréguense al Alguacil, y.....