DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana: MIRIAM JOSEFINA ORTEGA, contra del ciudadano: JESUS DE LOS SANTOS OJEDA MUÑEZ, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Miranda del Estado Carabobo, del Libro de Matrimonio llevados en ese año 1990.
En cuanto a las instituciones familiares se establece lo siguiente:
"Obligación de Manutención: Primero: Primero: El padre se compromete a suministrar la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (500,00Bs) mensu.....