DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, declara sin lugar, la el decaimiento de la medida cautelar de Prisión Preventiva, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, solicitada por la abg. Zonia Almarza, en su condición de defensora pública del adolescente; DATOS OMITIDOS, titular de la cédula de identidad Nº ., en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de distribución en pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes y psicotrópicas (microtráfico), previsto en el segundo del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Notifíquese a las partes. Regístrese.