declara que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, por lo que el recurso de apelación interpuesto por el abogado. Reynaldo Gómez, defensor público del adolescente: Identidad Omitida, de conformidad con lo establecido en el articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes , en contra de la decisión dictada el 29 de Agosto de 2009 por el Tribunal de Control en cuanto a la medida privativa de libertad, resultando inoficioso debido a que el mencionado adolescente fue declarado penalmente responsable por admisión de los hechos, en fecha 16 Octubre de 2009 en Audiencia Preliminar, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, imponiéndosele una sanción medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de dos (2) años y de manera sucesiva la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de seis (6) MESES, medidas previstas en el Literal “f” y “d” del Artículo 620 de de la Ley Orgánica para la Prot.....