DISPOSITIVA
Con fundamente en lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA la devolución del vehículo, Placa: AP579X, Marca: Fabr. Extranjera, Serial de motor: D12405032D1E, Modelo: P12R6X2, Tipo: Colectivo, Color: Blanco, Año: 2004, serial de carrocería: BUSRDFBVN4B145020, a La empresa Expresos Occidente C.A., representada por el ciudadano José Gerardo Sánchez Albarran, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.128.109, domiciliado en la Urbanización Las Acacias, carrera 6, N° 1-60, San Cristóbal estado Táchira, en su carácter de Presidente conforme a Acta de Asamblea Ordinaria de Socios de Expresos Occidente de fecha 31 de marzo de 2007, que cursa en copia certificada expedida por el Registrador merca.....