este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara con lugar la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y Bienes de los ciudadanos SILVESTER HENRY IKPEAMA y CARMEN VIRGINIA GUZMAN KROGGER DE mayores de edad, de este domicilio, Nigeriano el Primero y Venezolana la segunda y portadores de las Cédulas de Identidad N° E.82.296.493 y V-10.633.410 respectivamente. En consecuencia queda disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, el día 25 de abril de 2003, según consta de acta de Matrimonio Nro.83.