DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano DAVID JOSE TUA RIVAS, C.I Nº (...), por el Delito de Falsa Atestación ante Funcionario Público, previsto y sancionado en el Artículo 320 del Código Penal, a cumplir la pena de TRES MESES DE PRISION por ser autor responsable del delito antes señalado, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas; SEGUNDO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO Peticionado por la Fiscalía en su escrito acusatorio por el delito de Robo en la Modalidad de Arrebaton, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 numeral 2º, imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO.....