Este Juzgado a solicitud de la parte actora, SUSPENDE SÓLO EL 1,84%, 1,84%, 1,02%, 1,52%, 1,45% y 1,52% DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha veintitrés (23) de febrero de 2007 y participada según oficio Nº 07-0327, al ciudadano Registrador Inmobiliario del Municipio Autónomo Maneiro del Estado Nueva Esparta, medida esta que recayó sobre el siguiente bien inmueble: "Una (01) parcela de terreno distinguida con el número M-1 para vivienda Multifamiliar, con una extensión total de seis mil metros cuadrados (6.000,00 mts2), ubicado en el sector M de la "Urbanización Playas" del Ángel, situada en la Jurisdicción del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.