SE DECRETA MEDIDA INNOMINADA, consistente en la suspensión de la ejecución de la transacción extrajudicial celebrada por la abogada NORMA PARRA, y la ciudadana ZORAIDA ELIZABETH FONSECA SEQUERA, en el juicio N° 19.606, por ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por lo que se ordena a los Juzgados Ejecutores de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, abstenerse de practicar medida ejecutiva que concierna a la ejecución del juicio antes aludido que cursa en el expediente N° 19606, por ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, hasta tanto sea dictada en la presente causa sentencia definitivamente firme, y ASÍ SE DECIDE. Líbrense oficios.