Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana: GLADYS ROBLES, titular de la cedula de identidad N° 7.067.799, en contra de las sociedades de comercio CAMPAMENTO AGUA LINDA, C.A., CAMPAMENTO INSTRUCCIONAL AGUA LINDA, C.A., AGUA LINDA OPERADORA, C.A, y en consecuencia se condena a pagar la cantidad de (Bs. F. 11.592,00), más lo que resulte de los intereses y de la corrección monetaria, dichos montos deberán ser calculados a través de la experticia complementaria del fallo una vez que quede firme la presente sentencia.