Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 22 de enero de 2010, conforme al artículo 447.1.5 del Código Orgánico Procesal Penal, por el abogado FRANCISCO JAVIER MUGUESSA, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil KGEMA ARRENDADORA C.A., querellante en la presente causa, y en consecuencia, ANULA la decisión dictada el 09 de diciembre de 2009, por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos EDUARDO KRULIG, MARÍA ESTELA ARAUJO, OMAIRA COROMOTO GODOY DE GRILLO y PEDRO MUJICA, conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello conforme a lo previs.....