De la revisión del presente expediente se desprende que, la sentencia dictada por este Tribunal, conociendo en Alzada, declaró Inadmisible la demanda incoada por la sociedad mercantil PAINCO, C.A., contra la sociedad de comercio VENEOFF C.A., la cual es una decisión que pone fin al presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, siendo criterio reiterado el que: "...si la demanda no es admitida, el gravamen será definitivo, y el recurso deberá oírse libremente... lo cual hace igualmente admisible de inmediato el Recurso Extraordinario de Casación..." (ver Sentencias dictadas por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el Exp. No. 98-0299, de fecha 09 de diciembre de 1988; en el Exp. No. 00-0005, de fecha 21 de junio de 2000; en el Exp. No. 02-0042 de fecha 12 de junio de 2003; y en el Exp. No. 09-0300, de fecha 14 de agosto de 2009); lo cual, aunado a que para la fecha en que se interpuso el libelo de demanda, vale señalar, el 12 de febrero de 2009, se encontraba vige.....