Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- ANULA todas las actuaciones procesales ocurridas en el expediente, desde la fecha en la cual se ordenó librar el cartel de emplazamiento, esto es, el 1º de abril de 2014. 2.- REPOSU al estado que el Juzgado de Sustanciación notifique a las partes y una vez efectuadas estas, se proceda a librar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados para la continuación de la tramitación del presente proceso. 3.- Declaró MPROCEDENTE la solicitud de desistimiento propuesta por la Fiscal Tercera del Ministerio Público ante las Cortes en lo Contencioso Administrativo. 4.- ORDENÓ remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines que practique la notificaciones indicadas en el fallo, y una vez verificadas las mismas se proceda a librar nuevamente el cartel de emplazamiento. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte Segunda. Cúmplase lo ordenado.