Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se declara:
1. CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ BRUNO, cédula de identidad V-6.884.532, asistido por el abogado Erick Barrios Venegas, cédula de identidad N° 10.911.620, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 78.414. En consecuencia, se declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 0119 del 31 de Julio de 2006 dictado por el ciudadano GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO.
2. SE ORDENA la reincorporación del ciudadano recurrente al cargo de Comisario adscrito a la Comandancia General de Policía del Estado Carabobo, así como los salarios, beneficios contractuales, y otros, dejados de percibir desde la fecha del ilegal retiro ha.....