Se declara CON LUGAR la demanda y en consecuencia, se declara PROCEDENTE el cobro de los honorarios profesionales estimados por el abogado FRANCISCO JOSÉ ARDILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-1.346.603, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 3.708; solicitados en intimación al MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
Se CONDENA al MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, a pagar la cantidad de doscientos sesenta mil trescientos bolívares (Bs. 260.300,00) al abogado FRANCISCO JOSÉ ARDILES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-1.346.603, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 3.708, por concepto de honorarios profesionales.