–VIII–
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de abril de 2025, por el abogado JUAN RAMÓN LEÓN VILLANUEVA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana ANA JULIA DÁVILA DE SANDOVAL, contra la sentencia interlocutoria de fecha 31 de marzo de 2025, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró:
"(...) Con fundamento en los hechos y el derecho explanado, resulta forzoso para este tribunal, DESESTIMAR la impugnación efectuada por la representación judicial de la parte actora, que recae en el poder apud acta.....