Se dictó auto para mejor proveer mediante el cual esta Corte solicitó a la Gobernación del estado Amazonas, con base en lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que en el lapso de cinco (5) días de despacho, mas el término de la distancia contados a partir de la fecha que conste en el expediente el recibo de la notificación a que se refiere el presente auto, remita a esta Corte los antecedentes de servicio de la ciudadana Irma Josefina Rodríguez de Araujo, titular de la cédula de identidad Nº 8.903.604, copia del expediente administrativo de la referida ciudadana y cualquier otro documento que demuestre a esta Corte la condición laboral en la que se encuentra la recurrente actualmente.