Decisiones del dia 11/10/2013
N° Expediente :
AP21-R-2013-001109
N° Sentencia :
Fecha: 11/10/2013
Procedimiento: Prestaciones Sociales
Partes: PEDRO LUIS SALAZAR, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 11.934.115, CONTRA PREMEZCLADOS AVILA C.A.,
Resumen:
Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra sentencia de fecha 26/06/2013 emanada del Tribunal Décimo Cuarto (14°) De Primera Instancia De Juicio Del Circuito Judicial Del Trabajo Del Área Metropolitana De Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano PEDRO LUIS SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 11.934.115, contra PREMEZCLADOS AVILA C.A., en consecuencia, se condena a la demandada a pagar los conceptos especificados en la parte motiva del presente fallo.; CUARTO: No hay condenatoria en costa.
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
N° Expediente :
AP21-L-2013-002701
N° Sentencia :
Fecha: 11/10/2013
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes: YESIKA LORENA ARAUJO VS AUTOMERCADO CARNES Y VIVERES EL DORADO, S.A.
Resumen:
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). IMPROCEDENTE por extemporáneo, la existencia de la mencionada cuestión preexisten o prejudicial alegada por la representación judicial de la parte demandada. Así se establece.
2º). Se le otorga a la parte actora, el plazo de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente decisión, para que pueda subsanar el defecto u omisión invocada por la parte contraria, es decir, consigne en los autos el original del referido instrumento poder, cuyas copias simples cursan en los autos a los folios (04) al (06), todo ello, a los fines de constatar su certeza, su eficacia o no del mismo, todo vez que dicho poder se encuentra viciado, en razón de la mencionada im.....
Juez/Ponente:
Orlando Magallanes
Organo:
Juzgado Vigésimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo