La transacción pone fin al proceso y a la controversia subrogándose a la sentencia, teniendo fuerza de cosa juzgada entre las partes que impide que se discuta nuevamente en juicio la relación jurídica controvertida en el proceso anterior, teniendo titulo ejecutivo al impartirle el juez su homologación.
En la presente causa, el demandado conviene en el monto demandado, cancelando en este acto la cantidad de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,00) y comprometiéndose a cancelar la diferencia en pagos consecutivos durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2009 y Enero, Febrero y Marzo del 2010. Así mismo la parte demandante acepta concederle el término de seis (6) meses contados a partir del día de hoy, para entregar el inmueble completamente desocupado de personas y cosas, en buen estado y solvente de los servicios públicos y privados que se le presten al mismo y siendo los derechos involucrados en el procedimiento disponibles y ambas partes se encuentran legitimados para actu.....